CENEIFS, a día de hoy 29 de noviembre de 2022, convoca de manera oficial el Curso de Segundo Nivel de Técnico Deportivo en Fútbol sala, reconocido y homologado por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA.
La realización del curso de Técnico Deportivo de Nivel 2 (2023) se desarrollará bajo las siguientes características:
- MODALIDAD A DISTANCIA (Online) para todas las asignaturas del Bloque Común (a partir del 12 de enero de 2023).
- MODALIDAD PRESENCIAL para todas las asignaturas del Bloque Específico y del Bloque Complementario, realizadas en las instalaciones que el CENEIFS tiene en Zaragoza (durante abril y junio de 2023).
Para la celebración del curso convocado deberá haber un mínimo de 14 alumnos.
En caso de que tras los periodos de preinscripción e inscripción no se llegase a la cifra de alumnos mínima, el curso se desconvocará y se procederá a la devolución de los pagos realizados por los alumnos inscritos.
El número máximo admisible de alumnos por el CENEIFS será de 25.
De acuerdo con lo previsto en la legislación vigente, las enseñanzas de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior tendrán la consideración de Enseñanzas de Régimen Especial, con validez académica y profesional en todo el territorio español.
- Reales Decretos 1363/2007 y 320/2000.
- Aragón: Orden del BOA n° 126, de 22 de septiembre de 2006, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la D.G.A.
Los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior se obtendrán tras la superación de las enseñanzas y requisitos establecidos para cada grado de las mismas.
Los títulos serán equivalentes, a todos los efectos, a los correspondientes de grado medio y grado superior de Formación Profesional, a los que se refiere el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Dichas titulaciones expedidas por centros legalmente reconocidos, entre los que se encuentra el CENEIFS, deben ser aceptadas por las distintas Federaciones, según recoge en su articulado la Ley 10/1990, de 15 de octubre, en su artículo 55.4 (también conocida como Ley del Deporte).
Las enseñanzas tendrán valor y eficacia en todo el territorio nacional. Las Federaciones deportivas españolas que impongan condiciones de titulación para el desarrollo de actividades de carácter técnico, en Clubes que participen en competiciones oficiales, deberán aceptar las titulaciones expedidas por los centros legalmente reconocidos.
Más información en el siguiente documento:
TecnicoDeportivoN2_Curso22_23